En la tarde del viernes 17 de enero personal de la DELEGACION DEPARTAMENTAL DE INVESTIGACIONES DEL TRAFICO DE DROGAS ILICITAS PERGAMINO junto con sus pares de la ESTACION DE POLICIA DE COLON detuvieron a una mujer y su hijo acusándolos de TENENCIA DE ESTUPEFACIENTES CON FINES DE COMERCIO.
Realizados informes por personal policial en donde se ponía en conocimiento a la Justicia de una vivienda situada en calle 130 entre 47 bis y 48 de Colon, en donde se estarían cultivando ilegalmente plantas de Marihuana.


El Fiscal encargado del caso, DR. FRANCISCO FURNARI oficio a la dependencia especializada en temática de drogas la realización de distintas tareas tenientes a poder certificar la existencia de las plantas y demás conductas que puedan relacionarse con la ley 23737 (LEY NACIONAL DE DROGAS).
Los agentes de campo de drogas, desplegaron diversos elementos tecnológicos con los cuales pudieron documentar fotográficamente la existencia de varias plantas de gran tamaño en el patio de la vivienda encartada, como así también la realización de tareas encubiertas con las cuales pudieron abonar satisfactoriamente los presentes actuados.


Habiendo reunido los elementos probatorios e incriminatorios solicitados por el Agente fiscal actuante, el mentado funcionario judicial acorde a las facultades que le otorga el Código de Procedimiento en Materia Penal de la Provincia de Buenos Aires, ordeno el allanamiento de urgencia contra el objetivo inquirido, mandato judicial que fue diligenciado en forma conjunta por los agentes especializados en la temática y efectivos de la ESTACION DE POLICIA DE COLON.
En la vivienda secuestraron una gran cantidad de plantas de marihuana de considerable follaje y altura , cuyo deshoje para su posterior producción supero ampliamente los 50 kilogramos, siendo que además incautaron dinero, teléfonos, entre otros elementos de relevancia.
Con lo recopilado luego de finalizado el registro domiciliario, FURNARI dispuso la inmediata aprehensión de una mujer de 43 años y su hijo en orden al delito tipificado en el ARTICULO 5TO. INCISO C DE LA LEY 23737 (TENENCIA DE ESTUPEFACIENTES CON FINES DE COMERCIALIZACION) lo cual conlleva una pena que oscila entre los 4 a los 15 años de prisión.

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