La concejala Mariela Luciani fue la encargada de explicar los alcances del proyecto, destacando que la ordenanza tiene como objetivo “unificar la reglamentación vigente, establecer requisitos claros y garantizar la transparencia en la entrega de las viviendas”.

En la última sesión del Honorable Concejo Deliberante, fue aprobado por unanimidad el expediente N° 10.114, correspondiente al proyecto de ordenanza que regula el proceso de preselección de beneficiarios para 66 viviendas sociales en el distrito

Requisitos básicos para acceder
Durante su intervención, Luciani detalló los principales puntos del articulado. Para postularse, los vecinos deberán cumplir con las siguientes condiciones:

  • Tener más de 18 años.
  • Estar inscriptos en el Registro Único y Permanente de Demanda Habitacional virtual provincial.
  • Constituir un grupo familiar conviviente.
  • Poseer DNI argentino.4
  • Tener domicilio real en la localidad de Colón con una antigüedad mínima e ininterrumpida de 5 años.
  • No ser propietarios de bienes inmuebles ni haber recibido permisos de uso precario o adjudicaciones anteriores.
  • Tener capacidad de pago para afrontar las cuotas de la vivienda, conforme lo determine el Instituto de la Vivienda.

Distribución por segmentos
Según lo previsto en el artículo 5 de la ordenanza, las 66 viviendas serán adjudicadas bajo un criterio de segmentación social, con los siguientes cupos:
4 viviendas para personas con discapacidad.
4 viviendas para familias en emergencia habitacional.
7 viviendas para trabajadores municipales.
51 viviendas para vecinos en general.

Etapas del proceso de preselección
La concejala explicó que el procedimiento contempla una serie de etapas:
Inscripción en el Registro de Demanda Habitacional.
Verificación de admisibilidad por parte del Departamento Ejecutivo.
Sorteo público ante escribano, con la conformación de listas de titulares y suplentes.
Visitas domiciliarias realizadas por la Secretaría de Desarrollo Social para verificar la veracidad de la información.
Elevación al Instituto de la Vivienda, que tendrá la última palabra sobre la adjudicación.

Además, se establece la apertura de un registro de impugnaciones por 7 días hábiles desde la publicación del listado de preseleccionados, permitiendo que cualquier vecino pueda presentar objeciones documentadas ante la Secretaría de Asuntos Legales.

Las viviendas serán entregadas bajo la figura de tenencia precaria, hasta que se concrete la escrituración definitiva a través de la Escribanía General de Gobierno. En cuanto a las obligaciones, se aclara que:
El inmueble debe ser destinado exclusivamente a vivienda familiar de ocupación efectiva y permanente.
Se prohíbe la venta, alquiler o cesión de derechos sobre la propiedad.
Se deberá abonar mensualmente la cuota establecida.
La falta de pago de 6 cuotas consecutivas o 9 alternadas será causal de baja.
Se exige cumplir con el reglamento de convivencia, uso y mantenimiento.

Una vez adjudicadas, las viviendas deberán ser ocupadas en un plazo de 30 días hábiles. En caso contrario, se intimará al beneficiario, y si no cumple, se procederá a la des adjudicación y asignación al suplente correspondiente.

Mientras tanto, el municipio lanzó un spot señalando que a partir del próximo lunes 4 de agosto se darán a conocer oficialmente los requisitos para dicha inscripción.
Aquellas personas que en alguna oportunidad hayan sido inscriptas deberán hacerlo de nuevo para actualizar sus datos.

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